Así, diferencias individuales se convierten en un trastorno o condición, clasificados en categorías diagnósticas teniendo como finalidad servir como una forma institucionalizada de canalizar problemas escolares y sociales y el sufrimiento que implican, neutralizando los problemas como si fueran naturales, recortándolos del contexto escolar y familiar. El Protocolo cumple así una función ideológica, consistente en abordar los problemas desde una respuesta educativa que mimetiza el modelo clínico y justifica administrativamente la dotación de recursos.

 La primera implicación que se deriva de lo tratado, como una derivación ética coherente, sería dejar atrás la dicotomía NEAE/no NEAE y en vez de una concepción esencialista al uso, adoptar un enfoque funcional centrado en el contexto escolar y familiar donde los problemas tienen lugar, no en el alumno. En realidad, mimetizar el modelo clínico adoptado en el Protocolo es el más inadecuado, pues no es científicamente correcto, como analizaremos en una próxima entrada, ni tampoco lo es políticamente, de acuerdo con una política interesada en la inclusión e igualdad (no la exclusión), así como la ayuda en función de los problemas, no a costa de su patologización.  La exclusión viene de la propia dicotomía típico/atípico, con NEAE/sin NEAE. Las ayudas se podrían prestar sin necesidad de hacer pasar a los alumnos por un diagnóstico clasificatorio y no sólo por ser excluyente, sino por desviar la atención de donde se sitúan realmente los problemas (el contexto: escolar, familiar, social) a donde no están (el alumno) y se equivoca en la solución cuando ésta se cifra en una respuesta educativa que mimetiza los tratamiento clínicos (más educación especial) por más que combinada con otras ayudas. El lenguaje del trastorno no es inevitable, otros son posibles.

. dConducta